La campaña de la declaración de la renta 2024 en Gipuzkoa, sobre el ejercicio del 2023 comienza el 3 de abril y, a partir de entonces, podrá presentarse hasta el 1 de julio. Este es un periodo algo más largo si lo comparamos con otros años.
Además de esta novedad en el tiempo, se han introducido varias modificaciones generales en las deducciones de la renta del 2024.
1. Sujeto obligado en la declaración de la renta en Gipuzkoa 2024:
Una de las novedades más relevante de la campaña de la renta del año 2024 es la subida del mínimo de ingresos que obligan a presentar la declaración.
Este año, para quien tenga más de un pagador, estará obligado a hacer la declaración si el año pasado obtuvo unos ingresos brutos de 15.000.-€ o más, cuando hasta el año pasado, el límite mínimo era de 14.000.-€ brutos anuales.
Quienes solo tienen un pagador (o varios, pero el segundo y los demás suman menos de 1.500 euros) están obligados a declarar si ganan más de 22.000 euros. Esto es igual que en campañas anteriores.
Los autónomos y los trabajadores del mar están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos.
2. Autónomos:
Para los autónomos, los gastos de difícil justificación podrán ser hasta el 7% del total declarado. Hasta el año pasado, eran del 5%.
3. Maternidad:
Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, desde este año, bastaría con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento. En los días previos también.
Esta novedad se suma, además, a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años.
Hasta ahora, solo era posible aplicarse esta deducción si llevábamos a nuestros hijos a uno de los centros de educación infantil autorizados por la comunidad autónoma.
4. Retenciones en la declaración de la renta en Gipuzkoa 2024:
En la campaña de la renta de este año, hay una reducción del cálculo de los rendimientos del trabajo. Las rentas inferiores a 14.047,50 euros, y también para las que estén entre esa cantidad y 19.747,50 euros, pagarán un poco menos.
Para las rentas altas, en cambio, se ha añadido un nuevo tramo en el gravamen al ahorro. A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).
El IRPF de los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, cuando se aplica un tipo del 28%. En el tramo anterior, de los 200.000 a los 300.000 euros, el tipo es ahora del 27%, un punto porcentual más que antes.
Pero también existen reducciones en el ámbito de las inversiones. Con la nueva ley de startups es posible deducirse un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cuando antes era de un 30% sobre 60.000 euros.
Se han reducido también las retenciones a obras literarias, artísticas o científicas.
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